TERMINOS Y CONDICIONES DE LA ORDEN DE COMPRA


I.- DE LAS PARTES


Queda Expresamente convenido que TREFILADOS INOXIDBLES DE MEXICO S.A. DE C.V. se denomina en el presente contrato, así como en todos los efectos subsecuentes como el CLIENTE y por la otra parte el PROVEEDOR que serán todas aquellas personas físicas y morales que vendan, suministren, elaboren, arrenden o preste un servicio para TREFILADOS INOXIDBLES DE MEXICO S.A. DE C.V.
El presente contrato quedará pactado entre el CLIENTE Y PROVEEDOR por el anverso y reverso del mismo aceptando derechos y obligaciones establecidos en el mismo

II.- OBJETO Y OBLIGACIONES

El proveedor se obliga a entregar al CLIENTE los materiales, mercancías, partes y/o  servicios especificados en esta orden de compra, en lugar, la fecha, sustancia condiciones y precios convenidos en la misma, aceptando  las partes que el presente contrato se celebra bajo el régimen que se conoce  como justo a tiempo, que extraño la precisión en tiempo de entrega de calidad en el objeto de la compra-venta en términos de los artículos  1898 y primera parte del artículo 1916 del código civil de Tlaxcala.

Esta orden se considera obligatoria una vez aceptada por escrito por el proveedor o por la entrega y recepción de conformidad los artículos solicitados, por el suministro de los servicios solicitados o por el comienzo de un trabajo o de la manufactura de los artículos señalados en el presente.

En las ventas de bienes se acostumbra a pesar, contar o medir y en las que el precio se determine por el peso, cuenta o medida, por lo tanto, la venta no será perfecta sino hasta que los bienes hayan sido pesado, medido, o en su caso contados.

III.- ORDEN DE COMPRA

Conviene expresamente las partes en que para los pedidos solicitados por el CLIENTE solo regirán las condiciones de compra que en el presente documento se declaren, por lo tanto, cualquier condición de venta que contravenga con las disposiciones expuestas carece de relevancia.

El CLIENTE podrá en cualquier tiempo a través de un aviso por escrito hacer cambios dentro de los lineamientos generales de esta orden.

Si cualquier cambio causara incremento o decremento en el costo o tiempo especificado para su ejecución de todo o parte del trabajo un ajuste equitativo será hecho en el precio o en los programas de entrega o en ambos que deberá constar siempre por escrito y firmado por ambas partes.

      1.  INSPECCION

El CLIENTE tendrá el derecho de inspeccionar y aprobar todos los materiales, artículos y calidad de trabajo en tiempo y lugar. El PROVEEDOR mantendrá a la disposición del CLIENTE un registro de las inspecciones que se hagan a todo trabajo material durante la ejecución de esta orden o durante cualquier periodo de tiempo para la rastre habilidad de lotes.

      1.  GARANTIA

El PROVEEDOR garantiza que los materiales, propiedades o servicios cubiertos por esta orden serán suministrados de acuerdo con las especificaciones y muestras proporcionadas por el CLIENTE y que los mismos están facturados con buen material y calidad de trabajo libre de defectos EL PROVEEDOR   garantiza también que cualquier articulo suministrado bajo esta orden reunirá cualidades necesarias para cumplir adecuadamente con el fin que está destinado. EL PROVEEDOR está de acuerdo con anexar en cada embarque un certificado de calidad (cuando el cliente los solicite) por lote de los materiales suministrados al CLIENTE

  1.  RECHAZOS

En caso de que cualquier articulo o servicio prestado sea defectuoso en su material o calidad de trabajo que de cualquier manera no esté de conformidad con lo establecido en esta orden, el CLIENTE tendrá el derecho ya sea de rechazar su entrega o de solicitar la corrección necesaria o bien si así lo decide de corregir el material con cargo al PROVEEDOR, la corrección será hecha inmediatamente después de que el cliente los solicite.

Las correcciones hechas por el cliente deberán ser pagadas por el PROVEEDOR en el momento que lo solicite el CLIENTE siendo aplicable en este caso la compensación a la que aceptan sujetarse ambas partes en término de lo dispuesto por los artículos 1691, 1692, 1693 y demás aplicaciones del código civil de Tlaxcala. En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con lo antes establecido el CLIENTE podrá:

  1. Ejecutar el derecho de retención del pago en la forma y términos pactados en la presente.
  2. Solicitar al PROVEEDOR reponga o corrija tales materiales o servicios, cargando los gastos generados al PROVEEDOR.
  3. Ejercitar una acción por incumplimiento con el pago de daños y perjuicios, si el PROVEEDOR incurre en mora en cuanto a entrega del bien o en su calidad.
  4. Emitir una rescisión por el incumplimiento en caso de que no sean cumplido los plazos de entrega convenidos, el CLIENTE se reserve derecho de rescindir el contrato de compra, así como el de aceptar, o en su caso devolver los artículos de referencia, estando el PROVEEDOR obligado a devolver las cantidades recibidas a resarcir y a pagar los daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento.

VII. SISTEMAS DE GESTION DE CALIDAD

  1. El proveedor de productos y servicios que afecten directamente la calidad del producto final y/o procesos deberán contar con los certificados, según sea el caso.
  2. Los proveedores que presten el servicio de calibración deberán de estar acreditados bajo la norma ISO 17025 o su equivalente
  3. El proveedor deberá participar en las actividades del SGC en donde por requerimiento de la norma aplicable a la organización requiera su colaboración.
  4. En caso de reclamaciones por servicio o producto suministrado el proveedor deberá suministrar las acciones correctivas de acuerdo a los procedimientos de TIM
  5. El proveedor será evaluado y calificado de acuerdo a los procedimientos internos en TIM en cuanto a los parámetros críticos el proveedor deberá tomar las acciones necesarias derivadas de dicha evaluación.

VIII. ORDEN DE COMPRA

El cliente puede ejecutar la cancelación del trabajo materia de esta orden, en cualquier tiempo, total o parcialmente notificando por escrito al PROVEEDOR dicha cancelación. El proveedor suspenderá el trabajo en la fecha y grado especificados en el aviso y hará de conocimiento del cliente inmediatamente sobre las cantidades de artículos o material que tenga en existencia esa fecha. El proveedor cumplirá con las situaciones del CLIENTE respecto a la protección transferencia y disposición del título y disposición de tanto artículos y materia. A este respeto el PROVEEDOR, renuncia a lo dispuesto en la parte final del artículo 2282 del código civil de Tlaxcala, en este caso el CLIENTE pagará exclusivamente al PROVEEDOR el costo de los artículos en proceso.

  1.  RESPONSABILIDADES EN EMPAQUES IDENTIFICACION Y ENTREGAS.

A menos que se indique lo contrario el PROVEEDOR deberá cumplir por su cuenta con todos los cargos por el empaque, envase, embalaje, y transporte de los materiales y servicios entregados al CLIENTE de igual forma el PROVEEDOR deberá asegurar la llegada de los materiales al punto indicado por el CLIENTE.

En el entendido que el PROVEEDOR deberá de pagar los daños que se causen a los productos o materiales cuando este utilice un método de envío diferente al acordado.

Si el PROVEEDOR no cumple con todos los requerimientos de entrega contenidos en esta orden el CLIENTE tendrá el derecho de exigir la misma entrega mediante express y el PROVEEDOR reembolsará al CLIENTE de cualquier costo que ocasione dicho transporte a menos que la falta del PROVEEDOR se deba acaso fortuito o de fuerza mayor.

En caso de IMPORTACIONES el proveedor deberá enviar toda la documentación solicitada por el cliente para poder realizar los trámites de importación, en caso de demoras debido a la falta de documentación en tiempo, el cliente podrá ejecutar alguna de las acciones mencionada en el párrafo de rechazos.

  1.  FACTURACION

EL PROVEEDOR acepta entregar de forma inmediata posterior a la entrega de sus artículos la fecha correspondiente, debidamente requisitada, de no ser así, el CLIENTE no tendrá responsabilidad y obligación de efectuar pagos según lo establece el código civil de Tlaxcala en el artículo 1894.

  1.  CONFLICTOS.

Cuando el proveedor tenga conocimiento de cualquier problema o conflicto real de cualquier naturaleza que retrase o amenacen con retrasar el tiempo de ejecución de esta orden de compra y que afectara de manera directa la ejecución de las actividades diarias del CLIENTE incluyendo toda información al respecto. Será el PROVEEDOR quien decidirá si continúa con lo especificado en la orden y si la compra será cancelada.